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Ganancias en relación de dependencia: guía completa

Movés los sliders con tus montos reales y ves al instante cuánto podrías recuperar de Ganancias en tu F.572 / SiRADIG. Sin registro, sin tarjeta.

Recuperás

32×

$ 2.362.023/año

$ 196.835 por mes

Empezá con un ejemplo

$/mes
1

Tus gastos deducibles mensuales

Movelos a cualquier categoría — el recibo se actualiza al instante

Alquiler

40% deducible

+$3.8M
$/mes

Prepaga

100% deducible

+$1.9M
$/mes

Tope máximo deducible alcanzado

Salud

40% deducible

$/mes

Educación

100% deducible

$/mes

Intereses hipot.

100% deducible

$/mes

Personal doméstico

100% deducible

$/mes

Estimación informativa. La devolución exacta depende de tu liquidación anual del SiRADIG / F.572.

Recuperar $2.29M

30 días gratis · sin tarjeta

Si sos empleado en relación de dependencia, el Impuesto a las Ganancias que te corresponde es de cuarta categoría y no lo pagás vos directamente: tu empleador actúa como agente de retención y te lo descuenta del recibo todos los meses. Esa comodidad tiene un costo silencioso — como nunca hacés un trámite de pago, es fácil no enterarte de que el sistema tiene un mecanismo formal para pagar menos: el F.572 Web (SiRADIG) de ARCA, donde informás las deducciones que tu empleador está obligado a computar al calcular tu retención.

El circuito completo tiene tres actores. Vos cargás tus deducciones en SiRADIG — cargas de familia, alquiler, prepaga, gastos médicos, educación, personal doméstico, intereses hipotecarios, seguros. ARCA le transmite esa información a tu empleador. Y tu empleador la aplica en la liquidación siguiente: si cargaste deducciones en junio, tu retención de julio baja. A fin de año fiscal, con la liquidación anual (antes del 30 de abril), tu empleador ajusta las diferencias — y ahí aparecen las devoluciones grandes de quienes cargaron sus deducciones tarde o todo junto en marzo.

Dos fechas para agendar: el 31 de marzo vence la presentación del F.572 del año fiscal anterior — después de esa fecha no hay forma de informar deducciones de ese año — y durante el año podés cargar y modificar cuantas veces quieras. La estrategia óptima es cargar mes a mes: mejorás tu flujo (pagás menos retención cada mes en lugar de esperar la devolución anual) y no te jugás todo a la memoria de marzo.

En el simulador de abajo cargá tu sueldo bruto, tu familia y tus gastos mensuales reales, y mirá el impuesto con y sin deducciones — la diferencia es lo que el sistema te devuelve por informar lo que ya gastás. No hay truco contable: son deducciones expresas de la ley.

La parte tediosa — juntar cada factura, clasificarla en la categoría correcta del F.572 y cargarla sin errores de tipeo — es lo que desgrava.ar automatiza: conecta tu cuenta de ARCA, detecta los comprobantes, los clasifica con IA y presenta tu SiRADIG por vos, todos los meses. 30 días gratis, sin tarjeta.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la cuarta categoría de Ganancias?

Es la categoría del impuesto que grava las rentas del trabajo personal: sueldos en relación de dependencia, jubilaciones y cargos públicos. Para empleados, el empleador retiene el impuesto del recibo mensualmente como agente de retención.

¿Tengo que hacer una declaración jurada como los autónomos?

En general no: tu declaración es el F.572 Web (SiRADIG) y la liquidación la hace tu empleador. Solo si superás ciertos ingresos anuales ARCA exige una declaración informativa adicional.

¿Cuándo veo reflejadas las deducciones que cargo?

En la retención del mes siguiente a la carga: tu empleador recibe la información de ARCA y ajusta la liquidación. Lo cargado a fin de año o en marzo se refleja en la liquidación anual, que cierra antes del 30 de abril.

¿Qué pasa si cambio de empleador durante el año?

Informás el cambio en el propio SiRADIG (datos del nuevo agente de retención) y presentás al nuevo empleador la liquidación del anterior. Las deducciones cargadas siguen valiendo para todo el año fiscal.

¿Los jubilados también pueden usar el SiRADIG?

Sí — los jubilados alcanzados por Ganancias informan sus deducciones por el mismo F.572 Web, con ANSES u otro organismo pagador como agente de retención.

Dejá de regalarle plata a Ganancias

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